La Paz (Viernes, 22-08-2013, Gaudium Press) Una reciente controversia se desató en Bolivia cuando un medio de comunicación aseguró que la Iglesia había excomulgado públicamente a varios ministros del gobierno por su apoyo a la despenalización del aborto en el país. La Conferencia Episcopal desmintió rápidamente la información y el medio tuvo que rectificar la noticia. El suceso se convirtió en una oportunidad para que Iglesia Viva, medio informativo de la Iglesia en Bolivia, destacara en un artículo la enseñanza de la Iglesia sobre esta materia.
El caso concreto
Con el titular «Iglesia excomulga a cuatro ministros de Evo por estar a favor del aborto», el informativo Página Siete desató una notable controversia. La interpretación del medio se basó en una entrevista al Secretario General adjunto de la Conferencia Episcopal de Bolivia, quien recordó que el delito aborto es castigado en la Iglesia con la pena de excomunión para los directamente implicados en el acto. El padre José Fuentes explicó también que los legisladores o jueces católicos que propician la legalización del aborto cometen un pecado grave y no pueden acercarse a la Eucaristía
La Conferencia Episcopal Boliviana desmintió el titular y el tratamiento de la información y explicó que «una medida extrema, como es el de declarar la excomunión de alguien en la Iglesia, supone un proceso serio y responsable de análisis, investigación y consultas que luego deben hacerse conocer por documentos oficiales y autoridades competentes, procedimientos que no han tenido lugar de ninguna manera en el caso que nos ocupa». En el comunicado oficial se aclara que lo explicado por Padre Fuentes en la entrevista es que la aprobación del aborto no es coherente con la fe católica y el llamado al «compromiso y testimonio cristiano que debería tener cada católico en su actuación pública y privada».
El medio de comunicación publicó una rectificación de la información divulgada en la que reconoció que el medio confundió el que un fiel no pueda comulgar sacramentalmente con la pena de excomunión. «Pedimos disculpas a la Conferencia Episcopal, a los cuatro ministros afectados y a los lectores por ese error», concluyó la nota del informativo. Sin embargo, la fuerte controversia que se desató en instancias gubernamentales motivó al director de Página Siete, Raúl Peñaranda Undurraga, quien asumió la responsabilidad de la publicación, a presentar su renuncia al cargo.
Aborto, política y sacramentos
Todo el desarrollo de la noticia, su rectificación y sus consecuencias pusieron el tema del aborto y la ley canónica de la Iglesia en el centro del debate público en Bolivia. Como un aporte a la claridad sobre la posición de la Iglesia con respecto al tema, Iglesia Viva, medio del Sistema de Información de la Iglesia Católica en Bolivia, publicó un artículo titulado «Aborto, excomunión y prohibición de comunión» del sacerdote jesuita Miguel Manzanera, quien explicó esta controversia a la luz del Magisterio y el Derecho Canónico.
El sacerdote recordó que el aborto es condenado por la Iglesia Católica, que defiende la vida sin excepción desde el momento de la concepción. El Concilio Vaticano II señaló que «el aborto y el infanticidio son crímenes abominables» (GS 51) y la Iglesia promueve la protección legal del no nacido. «En efecto se trata del asesinato cruel y despiadado de un ser humano completamente inocente e indefenso», explicó el P. Manzanera. «Por ello se deduce que una de las finalidades prioritarias de todo Estado debe ser garantizar el derecho a la vida, como el más fundamental de todos los demás derechos humanos».
La posición de la Iglesia fue posteriormente reafirmada por el Beato Juan Pablo II en la Encíclica Evangelium Vitae, donde señaló: «El aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente». Según Manzanera, el Santo Padre, «consciente de que algunas legislaciones occidentales habían admitido la despenalización del aborto e incluso su legalización», recordó claramente la gravedad moral del delito. «El aborto, si se comete con pleno conocimiento y consentimiento, es un pecado mortal», expuso.
La pena de excomunión
«Dada la extrema gravedad de ese pecado, el Código de Derecho Canónico actualmente vigente establece en el canon 1398 la sanción canónica de la excomunión para las personas católicas que lo realizan», continuó el sacerdote, quien además explicó el término «latae sententiae» que aplica para esta pena específica. «Con esta excomunión, sin necesidad de un proceso, quedan sancionados en primer lugar los aborteros que lucran con esa infame práctica y también las personas sin cuya aceptación y colaboración no se habría realizado el aborto. Entre éstas se incluye a la madre o sea la mujer embarazada que libre y conscientemente dio su consentimiento y también a las personas que colaboraron decisivamente en su realización».
El P. Manzanera recordó que el derecho canónico contempla situaciones atenuantes o incluso eximentes para estos casos. Según el sacerdote, las más frecuentes en casos de aborto son «ser menor de 16 años, ignorar sin culpa lo que es el aborto o la sanción canónica de la Iglesia, sufrir ofuscación o coacción con miedo grave y carecer de uso de razón (cánones 1323 y 1324)». Las personas excomulgadas no pueden recibir los sacramentos y deben realizar un proceso para poder reconciliarse: «Para que se les levante la excomunión deben arrepentirse y acudir a su Obispo o a un sacerdote debidamente autorizado a tal efecto para que sean readmitidas en la Iglesia», explicó el sacerdote y teólogo. «Recién luego pueden acudir al sacramento de la confesión y posteriormente recibir la comunión».
Comunión sacramental y pecado grave
Un aspecto complementario puesto de relieve por la controversia en Bolivia fue la debida preparación y el testimonio de vida necesarios para recibir la Comunión sacramental. Según recordó el P. Manzanera, el Derecho Canónico establece que no pueden comulgar «las personas católicas que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave» (canon 915). En opinión del sacerdote, «dentro de esta categoría de personas se incluyen también a quienes consciente y voluntariamente promueven campañas públicas o aprueban la despenalización y/o la legalización del aborto, particularmente siendo legisladores, jueces o autoridades». Esta afirmación fue sustentada en una carta guía enviada por el entonces Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Cardenal Joseph Ratzinger (hoy Papa emérito Benedicto XVI), titulada «Dignidad para recibir la Sagrada Comunión. Principios Generales».
Según el artículo, los párrocos deben informar a las personas que se encuentran en estas circunstancias sobre su incapacidad de acercarse a comulgar y están obligados a negar la comunión en caso de que persistan en ese pecado grave. «En tal sentido en agosto de 2008, el Prefecto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica de la Santa Sede, Arzobispo Raymond L. Burke, precisó que los católicos, especialmente los políticos que públicamente defienden el aborto no deben comulgar; y se refirió también a la responsabilidad de caridad que tienen los ministros de la comunión de negársela «hasta que hayan reformado la propia vida»», indicó el P. Manzanera.
«Esta posición firme de la Iglesia Católica frente al aborto no debe ser interpretada como castigo, sino como una profesión de fe en el Dios de la Vida que ama a todos los seres humanos, pero de manera especial a los más pobres e indefensos, incluyendo a las niñas y niños por nacer», indicó el sacerdote, quien recordó que Jesús, Hijo de Dios, habitó también el vientre de la Santísima Virgen y «con ello se solidarizó con todos los bebitos no nacidos». El presbítero identificó la figura del Rey Herodes, de quien la Sagrada Familia tuvo que defender a Cristo, con la de los actuales promotores del aborto.
El P. Manzanera concluyó su artículo invitando a imitar esta defensa de la vida de Cristo en la vida naciente de todo ser humano: «Defender a los seres humanos más inocentes e indefensos es defender al mismo Jesús, identificado con ellos. Esta solidaridad se debe extender también a las mujeres embarazadas, no raras veces obligadas o coaccionadas a abortar por el machismo sexista de varones desaprensivos e irresponsables a quienes el aborto les libera de sus obligaciones paternas», expresó.
Con información de Iglesia Viva